El seguro se puede contratar, para el capital asegurado acordado, con las siguientes coberturas:
COBERTURA PRINCIPAL
Fallecimiento por cualquier causa. En caso de que el asegurado fallezca por cualquier causa, Mutualidad Caminos abonará a los beneficiarios designados el importe del capital contratado. Queda excluido el riesgo de muerte por suicidio durante el primer año.
COBERTURA COMPLEMENTARIA: INVALIDEZ
En el grado de Invalidez Permanente Total (IPT): cobertura en caso de Inhabilitación para la profesión habitual. En el supuesto que el Asegurado resulte afectado por una Invalidez Permanente en el grado de Total, Mutualidad Caminos abonará al asegurado un capital cuyo importe será igual al contratado para la cobertura principal de fallecimiento.
En el grado de Invalidez Permanente Absoluta (IPA): cobertura en caso de inhabilitación para cualquier profesión. Sólo en el supuesto que el Asegurado resulte afectado por una Invalidez Permanente en el grado de Absoluta, Mutualidad Caminos abonará al asegurado un capital cuyo importe será igual al contratado para la cobertura principal de fallecimiento.
COBERTURA COMPLEMENTARIA: DOBLE/TRIPLE CAPITAL DE FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE/ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN
En caso de que el asegurado fallezca por causa de un accidente, los Beneficiarios designados recibirán de Mutualidad Caminos el doble del capital contratado para la Cobertura Principal. En caso de que el fallecimiento ocurriese por causa de un accidente de circulación, la cantidad a abonar por Mutualidad Caminos a los Beneficiarios designados será el triple del capital contratado para la Cobertura Principal.